Puerto Rico, localizado al este de República Dominicana y al oeste de las Antillas Menores, está comprendido entre los 17º 50´ y 18º 30´ de latitud norte y los 65º 30´ y 65º 15´ de longitud oeste del Meridiano de Greenwich donde se funden el Atlántico y el Mar Caribe, al este con el Canal de Vieques que la separa de las Islas VÃrgenes de Estados Unidos y al oeste con la isla de Mona, en el canal del mismo nombre que la separa de la República Dominicana. El Estado Libre Asociado está dividido en setenta y ocho municipios, teniendo como capital la ciudad de San Juan.
Los taÃnos constituÃan una cultura pacÃfica y hospitalaria. Ãstos les entregaron a los españoles regalos de oro, metal que para ellos tenÃa un valor simplemente decorativo, como un collar de caracoles, mientras que para los habitantes de Europa, Asia y Ãfrica, era y sigue siendo, muy preciado.
Existe la teorÃa de que ese comportamiento se debÃa a la creencia de los taÃnos de que los españoles eran dioses, debido al color de su piel; pero la opinión moderna es que esto es un mito cultural. En realidad lo que se desprende de los escritos de los colonizadores es la referencia a que fueron tratados como dioses por los taÃnos, lo cual es un enfoque propio del colonizador, pero no es un indicador objetivo de lo que los taÃnos realmente pensaban sobre ellos. Hay que recordar que en ese momento no existÃan buenos traductores españoles capaces de profundizar en una conversación con los taÃnos y que los que existÃan se dejaron llevar por sus impresiones.
En 1900, la Ley Foraker creó un gobierno civil que reemplazó al gobierno militar de ocupación. Puerto Rico fue administrado por el Departamento del Interior de los Estados Unidos, pero el gobernador era nombrado por el presidente de los Estados Unidos. Este tipo de gobierno se basó en un modelo republicano, con tres ramas: el Poder Ejecutivo (Gobernador), el Poder Legislativo (Asamblea Legislativa) y el Poder Judicial (Tribunal General de Justicia). Cabe mencionar que la Asamblea Legislativa constaba de dos Cámaras: por un lado, el Consejo Ejecutivo constituido por los Secretarios del Gobernador; y, por el otro, una Cámara de Delegados compuesta de treinta y cinco miembros elegidos cada dos años por los electores capacitados. Un dato importante es la creación del cargo de Comisionado Residente, representante de la Isla en el Congreso de los Estados Unidos, pero sin derecho a votar en decisión alguna de dicho cuerpo.
En 1917, con la Ley Jones, se les concedió a los puertorriqueños la ciudadanÃa estadounidense, se eliminó el Consejo Ejecutivo como Cámara Legislativa y se dividió a sus funcionarios para formar distintos Departamentos Independientes bajo el Poder Ejecutivo. Ãstos fueron el Departamento de Justicia, liderado por el Procurador General; el Departamento de Hacienda, liderado por el Tesorero; el Departamento del Interior, dirigido por el Comisionado del Interior; el Departamento de Instrucción, liderado por el Comisionado de Instrucción; el Departamento de Agricultura y Comercio, dirigido por el Comisionado de Agricultura y Comercio; el Departamento del Trabajo, dirigido por el Comisionado del Trabajo, y el Departamento de Salud, liderado por el Comisionado de Salud.
En 1922 la Corte Suprema de los Estados Unidos, en el caso "Balzac v. Porto Rico", 258 U.S. 298 (U.S. 1922), interpretó que la Ley Jones no expresaba que Puerto Rico fuese un territorio incorporado, frase que describe a aquellos territorios en proceso de incorporación e integración a Estados Unidos como un estado adicional de ese paÃs.
En 1948, Luis Muñoz MarÃn, fundador del Partido Popular Democrático e hijo de Luis Muñoz Rivera, ganó las primeras elecciones para gobernador en la historia de Puerto Rico. El 3 de julio de 1950 fue aprobada por el Congreso de los Estados Unidos la Ley Pública 600, que permite a la Asamblea Legislativa formar una Asamblea Constituyente para la creación de la Constitución de Puerto Rico, sujeta a posterior aprobación por parte del Presidente de los Estados Unidos y el Congreso. Esta ley deja intacta la Ley Jones y la bautiza como Ley de Relaciones Federales, eliminando sólo las disposiciones que serÃan incluidas en el momento en que la Constitución de Puerto Rico entrase en vigor. El 30 de octubre de 1950 tuvo lugar la Insurrección Nacionalista, en respuesta al proyecto del "Estado Libre Asociado". Blanca Canales proclamó la República de Puerto Rico en Jayuya y se dieron combates en diferentes puntos del PaÃs. El pueblo de Jayuya fue bombardeado desde el aire, hubo matanzas en Utuado y La Fortaleza, residencia del Gobernador, fue atacada a tiros. En 1954, para dejar claro que la insurrección independentista no era un problema interno de los puertorriqueños, como decÃa el gobierno estadounidense, un grupo de nacionalistas atacó el Congreso estadounidense y la Casa Blair. Todos los atacantes fueron arrestados y cumplieron largas condenas en cárceles federales.
En 1952 Muñoz MarÃn indujo a Puerto Rico a obtener el status de Estado Libre Asociado, bajo la Constitución del mismo, que es la situación polÃtica actual en la Isla.
El gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico está dividido en tres ramas: la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa (dividida en la Cámara de Representantes y el Senado) y la Rama Judicial.
La Rama Ejecutiva está representada y dirigida por el Gobernador. El Gobernador es electo por voto directo en una elección general cada cuatro años y designa, con el consejo y consentimiento del Senado, a los miembros de su gabinete, el cual está formado por los secretarios(as) de los quince departamentos.
Plebiscitos Status PolÃtico Puerto Rico 1967 1993 1998
Estado Libre Asociado 60.4% 48.6% 0.1%
Estadidad 39.0% 46.3% 46.5%
Independencia 0.6% 4.4% 2.5%
Libre Asociación 0.0% 0.0% 0.3%
Ninguna de las Opciones Anteriores 0.0% 0.0% 50.3%
El poder Judicial es la rama de Gobierno responsable del cumplimiento de la Constitución y la administración de la Justicia. Dirigido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, el sistema judicial está compuesto por tres instancias. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) está dividido en la Sala Superior y la Sala Municipal (con diferentes áreas de competencia). El TPI tiene trece distritos judiciales (San Juan, Bayamón, Carolina, Caguas, Arecibo, Utuado, Aguadilla, Mayagüez, Ponce, Aibonito, Guayama, Humacao y Fajardo). La parte insatisfecha con las decisiones del TPI puede solicitar una apelación a la segunda instancia, conocida como Tribunal de Apelaciones, que se contituye por paneles. La última instancia es el Tribunal Supremo, el cual es el único tribunal constitucional. El Tribunal Supremo está integrado por el Juez Presidente y seis Jueces Asociados. Ãstos son nombrados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado. Dichos nombramientos son de por vida, hasta la edad del retiro obligatorio de setenta (70) años. El número de jueces sólo podrá ser variado por ley, a solicitud del propio Tribunal Supremo.
La Ley 600 (P.L. 81-600), que fue aprobada por el Congreso de Estados Unidos, autorizó al pueblo de Puerto Rico a desarrollar su propia Constitución. Esta ley le otorgó al pueblo el control de las actividades de gobierno interno. Sin embargo, esta ley dejó intactos todos los artÃculos bajo la Ley Jones y la Ley Foraker, al igual que el Tratado de ParÃs.
La Constitución incluye una moderna Carta de Derechos que sigue la tradición de la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. De los veinte artÃculos originales, sin embargo, uno fue enmendado de acuerdo con la orden del Congreso de limitar la educación secundaria gratuita, y otro artÃculo fue eliminado por el Congreso sin la aprobación de los puertorriqueños. La forma republicana de gobierno imita la Constitución de los Estados Unidos. Un gobernador dirige la rama ejecutiva mientras dos cámaras legislativas, el Senado y la Cámara de Representantes, componen la rama legislativa. El Tribunal Supremo de Puerto Rico es el último tribunal de apelaciones en la mayorÃa de los casos judiciales, pero sus decisiones pueden ser recurridas ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.
No obstante, la mayorÃa de los observadores polÃticos locales e internacionales está de acuerdo en que la condición polÃtica de Puerto Rico es extremadamente estable, y que ningún miembro del Congreso estadounidense tiene la más mÃnima intención de tratar de modificar unilateralmente la "Magna Carta" que rige las vidas de más de cuatro millones de ciudadanos y residentes de la Isla.
El Partido Popular Democrático (PPD) es el que está actualmente en el poder. Pero la Cámara y el Senado están en manos del Partido Nuevo Progresista (PNP).
Organización PolÃtico-Administrativa [editar]
Mapa de Puerto Rico
Mapa de Puerto Rico
ArtÃculo principal: Organización territorial de Puerto Rico
Tiene una forma casi rectangular; la distancia máxima de este a oeste es de 180 km y de 65 km de norte a sur. El punto más elevado, situado en la cima del cerro de Punta, alcanza 1.338 m de altitud.
Lo puedes medir con la herramienta de medida (meqasure) del google Earth, lo acabo de medir y me dio 175Km aprox, eso es la isla principal, alli viene una liga de wikipedia y dice que tiene 170Km, alli viene descrita la geografia de la isla.
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Puerto Rico es la mas pequeña de las Antillas Mayores con 3,435 millas cuadradas (8,768 kilómetros cuadrados),..
Si necesitas mas info accesa a...
www.meetpuertorico.com/espanol/about_pr/geography.asp
Puerto Rico
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Commonwealth of Puerto Rico
Bandera de Puerto Rico Escudo de Puerto Rico
Bandera Escudo
Lema nacional: Joannes Est Nomen Eius
(latÃn: «Juan es su nombre»)
Himno nacional: La Borinqueña
Situación de Puerto Rico
Capital
• Población
• Coordenadas San Juan
449,188 (2004)
18° 29′ N 66° 08′ O
Ciudad más poblada San Juan
Idiomas oficiales Español
Inglés
Forma de gobierno Estado Libre Asociado
Presidente
Gobernador
Secretario de Estado²
George W. Bush
AnÃbal Acevedo Vilá
Fernando J. Bonilla OrtÃz
Dependencia
"AutonomÃa" local¹ Estados Unidos 1898¹
25 de julio de 1952, bajo el E.L.A.
Superficie
• Total
• % agua
Fronteras
Costas Puesto 169º
9.104 km2
1,59%
0 km
501 km
Población
• Total
• Densidad Puesto 126º
3.916.632 (2005 est. )
430,21 hab/km2
PIB (nominal)
• Total
• PIB per cápita
n/d
n/d
PIB (PPA)
• Total (2005)
• PIB per cápita Puesto 63º
US$ 78.800 millones
US$ 20.232
IDH n/d
Moneda Dólar estadounidense ($, USD)
Gentilicio Puertorriqueño, -a; boricua, borinqueño(a), borincano(a)
Huso horario
• en verano AST (UTC-4)
AST (UTC-5)
Dominio Internet .pr
Prefijo telefónico +1 (787)
+1 (939)
Prefijo radiofónico KP4
Código ISO 630 / PRI / PR
Miembro de: Transparencia Internacional
¹ Territorio dependiente de Estados Unidos que perteneció a España hasta el año 1898 y que promulgó su constitución en 1952
² Ejecuta las funciones de vice-gobernador.
Todos los paÃses del mundo
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es una isla en la parte oriental del Mar Caribe, territorio no incorporado de los Estados Unidos desde el año 1898. En el 1952 se conformó el "Estado Libre Asociado de Puerto Rico", traducido oficialmente al inglés como Commonwealth of Puerto Rico. Es de interés el hecho de que el tipo de gobierno en Puerto Rico no es una "mancomunidad", puesto que el E.L.A. es una fórmula de autonomÃa polÃtica de naturaleza limitada, territorial y sin la soberanÃa de un paÃs independiente. Véase como referencia Mancomunidad Británica de Naciones y Commonwealth
El archipiélago está formado por la isla de Puerto Rico (la menor de las Grandes Antillas o Antillas Mayores) y varias islas, islotes y cayos, entre los que se encuentran las islas de Mona, Vieques y Culebra [1].
Puerto Rico, localizado al este de República Dominicana y al oeste de las Antillas Menores, está comprendido entre los 17º 50´ y 18º 30´ de latitud norte y los 65º 30´ y 65º 15´ de longitud oeste del Meridiano de Greenwich donde se funden el Atlántico y el Mar Caribe, al este con el Canal de Vieques que la separa de las Islas VÃrgenes de Estados Unidos y al oeste con la isla de Mona, en el canal del mismo nombre que la separa de la República Dominicana. El Estado Libre Asociado está dividido en setenta y ocho municipios, teniendo como capital la ciudad de San Juan.
Tabla de contenidos
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* 1 Origen etimológico
* 2 Historia
* 3 Idioma
* 4 Gobierno y PolÃtica
o 4.1 Constitución de Puerto Rico
o 4.2 Organización PolÃtico-Administrativa
o 4.3 Partidos PolÃticos
* 5 GeografÃa
o 5.1 GeologÃa
o 5.2 Clima
o 5.3 Huso horario
* 6 EconomÃa
* 7 DemografÃa
o 7.1 Población
o 7.2 Raza
* 8 Infraestructura
o 8.1 Transporte
o 8.2 Salud
o 8.3 Educación
* 9 Cultura
* 10 Fiestas Nacionales
* 11 Deportes
* 12 Véase también
* 13 Enlaces externos
* 14 Referencias
o 14.1 Notas
Origen etimológico [editar]
El término hace alusión a las riquezas que partÃan del puerto de San Juan Bautista. Cristóbal Colón bautizó a la Isla con el nombre de San Juan Bautista. Los indios taÃnos le llamaban a la isla Borikén, lo cual evolucionó a Borinquen, nombre que todavÃa se utiliza en referencia a Puerto Rico. De allà surge el gentilicio "boricua", cual es sinónimo de "puertorriqueño". Los españoles llamaron a la ciudad capital de la isla de San Juan Bautista, Puerto Rico. Al pasar de los años, se intercambiaron los nombres de la capital y la isla y asà Puerto Rico pasó a ser San Juan, y San Juan Bautista pasó a ser Puerto Rico. Hoy en dÃa, la capital de Puerto Rico se conoce como San Juan.
Historia [editar]
ArtÃculo principal: Historia de Puerto Rico
La isla de Puerto Rico fue descubierta el 19 de noviembre de 1493 por Cristóbal Colón, en su segundo viaje de exploración. Algunos historiadores son de la opinión que Puerto Rico fue descubierto por MartÃn Alonso Pinzón en 1492 durante el tiempo que estuvo separado de Colón. Los nativos taÃnos, habitantes nativos de la Isla, llamaban a ésta "Boriquén" o "Borinquén", término que guarda cierta semejanza acústica con el actual Puerto Rico y que ha proporcionado el aún existente "boricua", con que los puertorriqueños y puertorriqueñas se refieren a sà mismos, siendo también asà llamados por los restantes latinoamericanos.
Los taÃnos constituÃan una cultura pacÃfica y hospitalaria. Ãstos les entregaron a los españoles regalos de oro, metal que para ellos tenÃa un valor simplemente decorativo, como un collar de caracoles, mientras que para los habitantes de Europa, Asia y Ãfrica, era y sigue siendo, muy preciado.
Existe la teorÃa de que ese comportamiento se debÃa a la creencia de los taÃnos de que los españoles eran dioses, debido al color de su piel; pero la opinión moderna es que esto es un mito cultural. En realidad lo que se desprende de los escritos de los colonizadores es la referencia a que fueron tratados como dioses por los taÃnos, lo cual es un enfoque propio del colonizador, pero no es un indicador objetivo de lo que los taÃnos realmente pensaban sobre ellos. Hay que recordar que en ese momento no existÃan buenos traductores españoles capaces de profundizar en una conversación con los taÃnos y que los que existÃan se dejaron llevar por sus impresiones.
Otro incidente que vale la pena examinar es la muerte de Diego Salcedo, un colonizador que mantuvo un grupo de taÃnos esclavizados. Ãstos se rebelaron contra él por su trato cruel y lo ahogaron en un rÃo. Muchas personas creen que el acto se llevó a cabo para verificar su condición de dios, pero los académicos difieren. Un hecho utilizado para rebatir esta presunción es que en 1492 se construyó en la actual República Dominicana el FortÃn de Navidad con los restos de la embarcación Santa MarÃa. Cuando regresaron los españoles en el 1493 encontraron que el fortÃn habÃa sido destruido por el fuego y que los taÃnos habÃan matado a todos los colonizadores residentes en él. Los expertos en el tema son de la opinión que la muerte de Salcedo fue un acto premeditado del Cacique Agüeybaná, que representó el inicio de la rebelión taÃna contra los colonizadores.
En el 1508 Juan Ponce de León colonizó la isla y fundó el poblado de Caparra. Ponce de León fue bienvenido por el Cacique Agüeybaná y rápidamente tomó control de la Isla, en contraste con el intento fallido de Vicente Yáñez Pinzón, quien fue declarado Capitán General y Corregidor y se limitó a desembarcar animales domésticos en el oeste de la Isla. Después de la muerte de Cristóbal Colón, quien habÃa sido declarado "Gobernador de las Indias", este tÃtulo le fue negado a su hijo Diego Colón y la Corona Española nombró a Juan Ponce de León como primer gobernador oficial de la Isla.
Bajo el sistema de la encomienda los españoles forzaron a muchos taÃnos a abandonar sus aldeas para vivir en las haciendas a cambio de una educación cristiana. Muchos taÃnos murieron debido a que carecÃan de inmunidad contra las enfermedades traÃdas por los europeos, tales como el sarampión, la viruela y posiblemente la sÃfilis. Sin embargo, un sinnúmero de indÃgenas murieron en las muchas batallas habidas contra los españoles. Los taÃnos que sobrevivieron fueron liberados cuando Fray Bartolomé de las Casas convenció a los Reyes Católicos de que eliminaran la encomienda. Para llenar el vacÃo dejado por los esclavos liberados, los españoles comenzaron a traer a Puerto Rico esclavos africanos negros. Los africanos, en su mayorÃa, fueron establecidos en la zona oriental de la Isla, en pueblos como Vieques y Ponce. Debido a esta mezcla de razas los puertorriqueños modernos describen a Puerto Rico como un paÃs tricolor.
Durante siglos, el Imperio Español y el Imperio Británico lucharon entre sà por la posesión de esta isla. La isla de Puerto Rico fue posesión colonial de España durante más de 400 años, como lo fue también Cuba. Los Estados Unidos entraron en la historia puertorriqueña al invadir la Isla el 25 de julio de 1898 durante la Guerra Hispano-Americana. El 10 de diciembre de 1898 se firmó el Tratado de ParÃs, por el que Puerto Rico y el resto de los territorios coloniales (Cuba y Filipinas) del Imperio Español se cedieron a los Estados Unidos, que se inventaron el nombre de "Porto Rico", denominación incorrecta que hoy los propios estadounidenses consideran arcaica y en desuso. La mayorÃa de los puertorriqueños son conscientes de que mediante esa transacción no obtuvieron la libertad, sino sólo un cambio de colonos.
En 1900, la Ley Foraker creó un gobierno civil que reemplazó al gobierno militar de ocupación. Puerto Rico fue administrado por el Departamento del Interior de los Estados Unidos, pero el gobernador era nombrado por el presidente de los Estados Unidos. Este tipo de gobierno se basó en un modelo republicano, con tres ramas: el Poder Ejecutivo (Gobernador), el Poder Legislativo (Asamblea Legislativa) y el Poder Judicial (Tribunal General de Justicia). Cabe mencionar que la Asamblea Legislativa constaba de dos Cámaras: por un lado, el Consejo Ejecutivo constituido por los Secretarios del Gobernador; y, por el otro, una Cámara de Delegados compuesta de treinta y cinco miembros elegidos cada dos años por los electores capacitados. Un dato importante es la creación del cargo de Comisionado Residente, representante de la Isla en el Congreso de los Estados Unidos, pero sin derecho a votar en decisión alguna de dicho cuerpo.
En 1917, con la Ley Jones, se les concedió a los puertorriqueños la ciudadanÃa estadounidense, se eliminó el Consejo Ejecutivo como Cámara Legislativa y se dividió a sus funcionarios para formar distintos Departamentos Independientes bajo el Poder Ejecutivo. Ãstos fueron el Departamento de Justicia, liderado por el Procurador General; el Departamento de Hacienda, liderado por el Tesorero; el Departamento del Interior, dirigido por el Comisionado del Interior; el Departamento de Instrucción, liderado por el Comisionado de Instrucción; el Departamento de Agricultura y Comercio, dirigido por el Comisionado de Agricultura y Comercio; el Departamento del Trabajo, dirigido por el Comisionado del Trabajo, y el Departamento de Salud, liderado por el Comisionado de Salud.
En sustitución del Consejo Ejecutivo se creó el Senado de Puerto Rico, que se compondrÃa de diecinueve miembros elegidos por los electores capacitados y sirviendo por perÃodos de cuatro años. En adición a éstos, se añaden siete distritos senatoriales representados por dos senadores, más cinco senadores electos por acumulación. Este Senado ejercerÃa todos los poderes y funciones puramente legislativos que hasta ese momento habÃa ejercido el Consejo Ejecutivo, incluyendo la confirmación del nombramiento de Gobernador.
En 1922 la Corte Suprema de los Estados Unidos, en el caso "Balzac v. Porto Rico", 258 U.S. 298 (U.S. 1922), interpretó que la Ley Jones no expresaba que Puerto Rico fuese un territorio incorporado, frase que describe a aquellos territorios en proceso de incorporación e integración a Estados Unidos como un estado adicional de ese paÃs.
En 1946 la presión para conceder poderes negados hasta entonces por casi medio siglo a los puertorriqueños comenzó a dar resultados con el nombramiento por parte del presidente Truman del Comisionado Residente Jesús T. Piñero Jiménez para el puesto de Gobernador de Puerto Rico. Se convirtió asà Jesús T. Piñero en el primer puertorriqueño que ocupó en propiedad el más alto puesto polÃtico en toda la historia de la Isla. En 1947 el Congreso aprobó la ley que les permite a los puertorriqueños elegir a su gobernante mediante voto electoral por un término de cuatro años.
En 1948, Luis Muñoz MarÃn, fundador del Partido Popular Democrático e hijo de Luis Muñoz Rivera, ganó las primeras elecciones para gobernador en la historia de Puerto Rico. El 3 de julio de 1950 fue aprobada por el Congreso de los Estados Unidos la Ley Pública 600, que permite a la Asamblea Legislativa formar una Asamblea Constituyente para la creación de la Constitución de Puerto Rico, sujeta a posterior aprobación por parte del Presidente de los Estados Unidos y el Congreso. Esta ley deja intacta la Ley Jones y la bautiza como Ley de Relaciones Federales, eliminando sólo las disposiciones que serÃan incluidas en el momento en que la Constitución de Puerto Rico entrase en vigor. El 30 de octubre de 1950 tuvo lugar la Insurrección Nacionalista, en respuesta al proyecto del "Estado Libre Asociado". Blanca Canales proclamó la República de Puerto Rico en Jayuya y se dieron combates en diferentes puntos del PaÃs. El pueblo de Jayuya fue bombardeado desde el aire, hubo matanzas en Utuado y La Fortaleza, residencia del Gobernador, fue atacada a tiros. En 1954, para dejar claro que la insurrección independentista no era un problema interno de los puertorriqueños, como decÃa el gobierno estadounidense, un grupo de nacionalistas atacó el Congreso estadounidense y la Casa Blair. Todos los atacantes fueron arrestados y cumplieron largas condenas en cárceles federales.
Los opositores al Estado Libre Asociado y muchos académicos reclaman que el mayor efecto de esta ley fue cambiar el nombre de la ley que regÃa a Puerto Rico y perpetuar la alegada relación "colonial", puesto que erróneamente se piensa que en el año 1952 es cuando se obtiene la elección del gobernador por voto popular y el sistema de gobierno republicano, cosas otorgadas por las leyes anteriormente reseñadas. Los defensores del Estado Libre Asociado reclaman que se dejó de ser colonia por medio de un "pacto bilateral", por haberse definido la relación de Estados Unidos con Puerto Rico como una "in a nature of a compact" asociación, término no definido bajo el Derecho Internacional.
En 1952 Muñoz MarÃn indujo a Puerto Rico a obtener el status de Estado Libre Asociado, bajo la Constitución del mismo, que es la situación polÃtica actual en la Isla.
El inglés y el español han sido los idiomas oficiales de Puerto Rico desde la firma de la Ley del 5 de enero de 1993, si bien predomina el uso del segundo idioma.
Idioma [editar]
Puerto Rico es una isla bilingüe jurÃdicamente; tanto el español como el inglés son idiomas oficiales, siendo el español el idioma que predomina hablado por la totalidad de la población. El inglés se enseña como segunda lengua, aunque menos de un 5% de la población es totalmente bilingüe. Puerto Rico ha desarrollado una jerga denominada "spanglish", que consiste en una mezcla de español e inglés. Cabe destacar que el "spanglish" también es común entre los hispanos que viven en los Estados Unidos. Hay muchas palabras del español que el puertorriqueño no acostumbra a usar debido a la americanización de la isla. Por ejemplo, un puertorriqueño llama "counter" a una encimera, "printer" a una impresora, "wiper" al limpiaparabrisas, etc.
Gobierno y PolÃtica [editar]
ArtÃculo principal: Gobierno y polÃtica de Puerto Rico
El JÃbaro, Monumento en Puerto Rico
El JÃbaro, Monumento en Puerto Rico
Puerto Rico es un territorio no incorporado de Estados Unidos. Esto significa que Puerto Rico pertenece a Estados Unidos, pero no forma parte de ellos. La relación del gobierno de Puerto Rico con el gobierno federal de Estados Unidos es para muchos comparable a la relación del gobierno federal estadounidense con sus estados. Todo lo relacionado a la moneda, la defensa, las relaciones exteriores y la mayor parte del comercio entre estados cae bajo la jurisdicción del gobierno federal. El gobierno de Puerto Rico tiene autonomÃa fiscal y el derecho de cobrar impuestos locales. Los puertorriqueños son ciudadanos de los Estados Unidos con todos los derechos y deberes que confiere esa ciudadanÃa, pero como las elecciones presidenciales sólo se celebran en estados y territorios incorporados, los residentes de Puerto Rico no participan en éstas, a menos que tengan residencia legal en un estado o territorio incorporado.
El Comisionado Residente es el único representante del gobierno local en el Congreso de Estados Unidos. El Comisionado Residente tiene derecho a voz pero no a voto en el Congreso de Estados Unidos, excepto cuando el mismo Congreso le concede voto en el "comité conjunto". Cuando esto ocurre, el Comisionado Residente puede votar, pero sólo cuando su voto no sea determinante en el tema.
El gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico está dividido en tres ramas: la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa (dividida en la Cámara de Representantes y el Senado) y la Rama Judicial.
La Rama Ejecutiva está representada y dirigida por el Gobernador. El Gobernador es electo por voto directo en una elección general cada cuatro años y designa, con el consejo y consentimiento del Senado, a los miembros de su gabinete, el cual está formado por los secretarios(as) de los quince departamentos.
El poder legislativo de la Isla recae en la Asamblea Legislativa, una legislatura bicameral compuesta del Senado y de la Cámara de Representantes. El Senado cuenta con 27 senadores(as) – dos por distrito electoral y once por acumulación basados en la proporción de la población. En 2005 hubo un referéndum en el que más del 80% de los electores votaron por que se convierta esta Asamblea en unicameral, y en enero del 2007 el Senado aprobó un proyecto de ley para iniciar este proceso. La Cámara de Representantes cuenta con 51 miembros – uno para cada distrito electoral y once por acumulación. Si es necesario, se le otorga hasta un máximo constitucional de nueve puestos en el Senado y diecisiete en la Cámara de Representantes adicionales a los partidos de minorÃa, en caso que el Gobernador y la Asamblea Legislativa sean del mismo partido y en ésta estén 2/3 ó más de los legisladores.
Plebiscitos Status PolÃtico Puerto Rico 1967 1993 1998
Estado Libre Asociado 60.4% 48.6% 0.1%
Estadidad 39.0% 46.3% 46.5%
Independencia 0.6% 4.4% 2.5%
Libre Asociación 0.0% 0.0% 0.3%
Ninguna de las Opciones Anteriores 0.0% 0.0% 50.3%
El poder Judicial es la rama de Gobierno responsable del cumplimiento de la Constitución y la administración de la Justicia. Dirigido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, el sistema judicial está compuesto por tres instancias. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) está dividido en la Sala Superior y la Sala Municipal (con diferentes áreas de competencia). El TPI tiene trece distritos judiciales (San Juan, Bayamón, Carolina, Caguas, Arecibo, Utuado, Aguadilla, Mayagüez, Ponce, Aibonito, Guayama, Humacao y Fajardo). La parte insatisfecha con las decisiones del TPI puede solicitar una apelación a la segunda instancia, conocida como Tribunal de Apelaciones, que se contituye por paneles. La última instancia es el Tribunal Supremo, el cual es el único tribunal constitucional. El Tribunal Supremo está integrado por el Juez Presidente y seis Jueces Asociados. Ãstos son nombrados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado. Dichos nombramientos son de por vida, hasta la edad del retiro obligatorio de setenta (70) años. El número de jueces sólo podrá ser variado por ley, a solicitud del propio Tribunal Supremo.
En Puerto Rico existen tres partidos polÃticos principales: el Partido Popular Democrático, el Partido Nuevo Progresista y el Partido Independentista Puertorriqueño. Un cuarto partido polÃtico, Puertorriqueños por Puerto Rico[1], se certificó como partido polÃtico el 9 de mayo de 2007. Todos los oficiales electos en Puerto Rico sirven por un perÃodo de cuatro años. Existen también varios grupos polÃticos dedicados a la lucha por la independencia, entre ellos el Movimiento Socialista de Trabajadores de Puerto Rico, fundado en 1982 mediante la fusión del Movimiento Socialista Popular y el Partido Socialista Revolucionario, posteriormente Liga Internacionalista de los Trabajadores; el Partido Nacionalista de Puerto Rico, que no cree en la participación en las elecciones mientras Puerto Rico sea una colonia, y el Movimiento Independentista Nacional Hostosiano, movimiento que resulta de la fusión del Congreso Nacional Hostosiano y del Nuevo Movimiento Independentista Puertorriqueño.
Constitución de Puerto Rico [editar]
La Ley 600 (P.L. 81-600), que fue aprobada por el Congreso de Estados Unidos, autorizó al pueblo de Puerto Rico a desarrollar su propia Constitución. Esta ley le otorgó al pueblo el control de las actividades de gobierno interno. Sin embargo, esta ley dejó intactos todos los artÃculos bajo la Ley Jones y la Ley Foraker, al igual que el Tratado de ParÃs.
Después que la Asamblea Constituyente redactara la Constitución, el pueblo ratificó la misma mediante un referéndum. El Congreso de los Estados Unidos, siguiendo el procedimiento requerido por la Ley de Relaciones Federales, aprobó la Constitución, la cual entró en vigor el 28 de julio de 1952.
La Constitución incluye una moderna Carta de Derechos que sigue la tradición de la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. De los veinte artÃculos originales, sin embargo, uno fue enmendado de acuerdo con la orden del Congreso de limitar la educación secundaria gratuita, y otro artÃculo fue eliminado por el Congreso sin la aprobación de los puertorriqueños. La forma republicana de gobierno imita la Constitución de los Estados Unidos. Un gobernador dirige la rama ejecutiva mientras dos cámaras legislativas, el Senado y la Cámara de Representantes, componen la rama legislativa. El Tribunal Supremo de Puerto Rico es el último tribunal de apelaciones en la mayorÃa de los casos judiciales, pero sus decisiones pueden ser recurridas ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.
Tan sólo en 1993 el Undécimo Circuito del Tribunal de Circuito de Apelaciones de los Estados Unidos determinó que la decisión del Congreso de permitir un gobierno interno en Puerto Rico no invalidó la de la jurisdicción de la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos. El tribunal concluyó que no ha habido ninguna alteración fundamental en las relaciones de Puerto Rico con los Estados Unidos; Puerto Rico continúa siendo constitucionalmente un territorio no incorporado, sin soberanÃa separada. El tribunal estableció que "el Congreso puede eliminar unilateralmente la Constitución de Puerto Rico o la Ley de Relaciones Federales y reemplazarlas con cualquier ley o regulación que considere oportuna. A pesar de la aprobación de la Ley de Relaciones Federales y de la Constitución de Puerto Rico, los tribunales de Puerto Rico continúan obteniendo toda su autoridad del Congreso de los Estados Unidos."
No obstante, la mayorÃa de los observadores polÃticos locales e internacionales está de acuerdo en que la condición polÃtica de Puerto Rico es extremadamente estable, y que ningún miembro del Congreso estadounidense tiene la más mÃnima intención de tratar de modificar unilateralmente la "Magna Carta" que rige las vidas de más de cuatro millones de ciudadanos y residentes de la Isla.
El Partido Popular Democrático (PPD) es el que está actualmente en el poder. Pero la Cámara y el Senado están en manos del Partido Nuevo Progresista (PNP).
Organización PolÃtico-Administrativa [editar]
Mapa de Puerto Rico
Mapa de Puerto Rico
ArtÃculo principal: Organización territorial de Puerto Rico
Puerto Rico está dividido administrativamente en setenta y ocho municipios; cada municipio elige un alcalde y una "Legislatura Municipal" por un término de cuatro años. Las ciudades principales son San Juan (capital), Bayamón, Caguas, Toa Baja, Trujillo Alto, Cataño, Arecibo, Ponce, Mayagüez, Carolina, Aguadilla y Guaynabo.
la pregunta que hiciste no la se pero cro que la puedes encontrar en el mapa mundial de la enciclopedia encarta 2007
Tiene una superficie de 9,103 kilometros cuadrados y su punto mas alto es el Cerro de Punta de 1,338 metros sobre el nivel del mar.
Tengo un dato de puerto rico,pero no se si te servira.
http://es.wikipedia.org/wiki/Puerto_Rico
Su superficie es de 13.792 km².
Tiene una forma casi rectangular; la distancia máxima de este a oeste es de 180 km y de 65 km de norte a sur. El punto más elevado, situado en la cima del cerro de Punta, alcanza 1.338 m de altitud.
Lo puedes medir con la herramienta de medida (meqasure) del google Earth, lo acabo de medir y me dio 175Km aprox, eso es la isla principal, alli viene una liga de wikipedia y dice que tiene 170Km, alli viene descrita la geografia de la isla.
100 millas x 35 millas
En la wikipedia, es una maravilla
http://es.wikipedia.org/wiki/Puerto_Rico
dfv