Yo soy argentina, mi abuelo era italiano y soy casada con un italiano, actualmente vivo en Italia. Inicié los trámites de ciudadanía pero basándome en el hecho de estar casada con un italiano ( en esta manera es mucho más sencillo)
La ciudadanía italiana es concedida sin límite de generaciones a descendientes de inmigrantes italianos trámite "ius sanguinis" ( basada en el legame sanguineo) aunque si no son aceptados saltos generacionales.
Según la ley italiana el derecho a la ciudadanía trámite "ius sanguinis" no se prescribe pero para tener derecho a ésta deben cumplirse los siguientes requisitos:
el antepasado (en este caso tu abuelo) nacido antes del 17/03/1861 debe haber muerto después de esa fecha y siendo ciudadano italiano. (no haber pedido ciudadanía en tu caso venezolana) El italiano, no es reconocido como italiano, si emigró antes de la formación del Reino de Italia, es decir el año 1861. No creo sea tu caso, porque generalmente emigraron después de la segunda guerra mundial..pero verificalo.
El descendiente de italiano, no puede adquirir la ciudadanía, si su ascendiente nacido en Italia, había adquirido una ciudadanía legal antes del nacimiento del descendiente y no readquirió la ciudadanía italiana antes de la mayoría de edad del ascendiente.
Es ciudadano italiano, el hijo de padre italiano o madre italiana a partir enero del 1948. Este tipo de ciudadanía no tiene límite generacional, si ésta es otorgada a los ascendientes en línea recta, y no admite saltos generacionales. Si el ascendiente falleció, el trámite puede ser realizado por el descendiente en forma directa (en tu caso tu padre).
Para iniciar los trámites (que desde ya te aviso que están suspendidos por un tiempo, lo puedes presentar pero llevará más tiempo de lo normal) hay que obtener la partida de nacimiento del ascendiente que emigró de Italia. Una vez conseguido ésto, obtener partidas de nacimiento de la línea de descendencia, matrimonio y defunción hasta llegar a el o los interesados. Los documentos deben ser partidas y no certificados. Los documentos expedidos por autoridades de otros países deben ser legalizados en la oficina italiana consular del territorio.
Si en los documentos hay divergencias de nombres, fechas, apellidos, antes de realizar traducciones se deben corregir estos datos.
Una vez obtenidos los documentos se traducen con un traductor público con firma autorizada en el Consulado.
En mi caso, tengo hijas menores de edad, cuando yo obtenga la ciudadanía directamente ellas se convierten en ciudadanas italianas salvo que ya sean mayor de edad. En este caso ellas deberán iniciar el trámite personalmente.
Creería que primero debe pedir la ciudadanía tu padre, y después tú (porque si no eres aún mayor de edad, no creo que asimismo te llegue antes de cumplir los 18)
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No es como te han dicho que si tu nono murió y tu papá no tiene ningún papel no podrás hacer nada. Para obtener un certificado de nacionalidad de tu nono basta con saber donde nació y hacer el pedido a ese "comune" (municipalidad en italiano). Existen un millón de personas que se dedican a conseguir estos certificados, así que ésto es un problema que no existe. Si miras el certificado de tu padre ahí figura donde nació tu nono.
Mira bien no se pero creo que es como te respondieron ya. igualmente podes consultar o sacarte algunas dudas en las sig. paginas o llamando x telefono.
bueno si tu abulo sigue vivo entonces a la mejor si puedes tener la nacionalidad, pero si el esta muerto y tu padre no tiene papeles de italia, entonces no puedes hacer nada
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Yo soy argentina, mi abuelo era italiano y soy casada con un italiano, actualmente vivo en Italia. Inicié los trámites de ciudadanía pero basándome en el hecho de estar casada con un italiano ( en esta manera es mucho más sencillo)
La ciudadanía italiana es concedida sin límite de generaciones a descendientes de inmigrantes italianos trámite "ius sanguinis" ( basada en el legame sanguineo) aunque si no son aceptados saltos generacionales.
Según la ley italiana el derecho a la ciudadanía trámite "ius sanguinis" no se prescribe pero para tener derecho a ésta deben cumplirse los siguientes requisitos:
el antepasado (en este caso tu abuelo) nacido antes del 17/03/1861 debe haber muerto después de esa fecha y siendo ciudadano italiano. (no haber pedido ciudadanía en tu caso venezolana) El italiano, no es reconocido como italiano, si emigró antes de la formación del Reino de Italia, es decir el año 1861. No creo sea tu caso, porque generalmente emigraron después de la segunda guerra mundial..pero verificalo.
El descendiente de italiano, no puede adquirir la ciudadanía, si su ascendiente nacido en Italia, había adquirido una ciudadanía legal antes del nacimiento del descendiente y no readquirió la ciudadanía italiana antes de la mayoría de edad del ascendiente.
Es ciudadano italiano, el hijo de padre italiano o madre italiana a partir enero del 1948. Este tipo de ciudadanía no tiene límite generacional, si ésta es otorgada a los ascendientes en línea recta, y no admite saltos generacionales. Si el ascendiente falleció, el trámite puede ser realizado por el descendiente en forma directa (en tu caso tu padre).
Para iniciar los trámites (que desde ya te aviso que están suspendidos por un tiempo, lo puedes presentar pero llevará más tiempo de lo normal) hay que obtener la partida de nacimiento del ascendiente que emigró de Italia. Una vez conseguido ésto, obtener partidas de nacimiento de la línea de descendencia, matrimonio y defunción hasta llegar a el o los interesados. Los documentos deben ser partidas y no certificados. Los documentos expedidos por autoridades de otros países deben ser legalizados en la oficina italiana consular del territorio.
Si en los documentos hay divergencias de nombres, fechas, apellidos, antes de realizar traducciones se deben corregir estos datos.
Una vez obtenidos los documentos se traducen con un traductor público con firma autorizada en el Consulado.
En mi caso, tengo hijas menores de edad, cuando yo obtenga la ciudadanía directamente ellas se convierten en ciudadanas italianas salvo que ya sean mayor de edad. En este caso ellas deberán iniciar el trámite personalmente.
Creería que primero debe pedir la ciudadanía tu padre, y después tú (porque si no eres aún mayor de edad, no creo que asimismo te llegue antes de cumplir los 18)
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No es como te han dicho que si tu nono murió y tu papá no tiene ningún papel no podrás hacer nada. Para obtener un certificado de nacionalidad de tu nono basta con saber donde nació y hacer el pedido a ese "comune" (municipalidad en italiano). Existen un millón de personas que se dedican a conseguir estos certificados, así que ésto es un problema que no existe. Si miras el certificado de tu padre ahí figura donde nació tu nono.
Mira bien no se pero creo que es como te respondieron ya. igualmente podes consultar o sacarte algunas dudas en las sig. paginas o llamando x telefono.
http://www.consbuenosaires.esteri.it/Consolato_Bue...
http://www.apellidositalianos.com.ar/guia_pratica....
http://www.aemigrar.com/italia/ciudadaniaitalianao...
tenes info ahi espero q te sirva. suerte
Mi papa me dijo que si podemos tener la nacionalidad siempre y cuando nuestros abuelos estén todavÃa vivos, sino no se puede, buena suerte!!
bueno si tu abulo sigue vivo entonces a la mejor si puedes tener la nacionalidad, pero si el esta muerto y tu padre no tiene papeles de italia, entonces no puedes hacer nada