La nacionalidad puede ser adquirida por dos modalidades Originaria y No Originaria (esta no nos ocupa). Ahora la nacioanlidad originaria (desde el nacimiento) se divide en 4 formas de adquisicion:
1.- Ius Soli.- por nacer dentro de un territorio determinado, en este caso tu hijo sera de nacionalidad española.
2.- Ius Sanguini.- esta deriva de la nacionalidad de los padres, es decir tu bebe, tendra ambas nacionalidades, pero tengo que aclararte que solo puede disfrutar de una a la vez, si esta en Francia sera frances, si esta en España sera español, pero si esta en el extranjero por el momento ustedes decidiran con cual nacionalidad sera atribuida su personalidad Frances o Español.
3.- Ius Domicili.- Esta se adquiere por el domicilio establecido de la persona, es decir, si ustedes en un tiempo deciden cambiar de residencia a Italia, y ahi viven por 6 años (el dato de los 6 años no es correcto, solo es un ejemplo) y la legislacion italiana establece que cuando una persona tenga una residencia continua por ese lapso de años podra tener derecho a adquirir dicha nacionalidad. En este caso tu bebe ya tendria 3 nacionalidades, pero volviendote a recordar que solo puede disfrutar de una a la vez.
4.- Por ultimo tenemos el Ius Optandi.- esta se refiere a cuando tu bebe ya tenga la mayoria de edad y el podra elegir con plena libertad la nacionalidad que mas le agrade.
Será español, por nacer en España, pero tendrá la posibilidad de obtener la doble nacionalidad, por ser hijo de madre francesa. Míralo, puede ser interesante. En la página web esta, puedes ver ejemplos y se te permite una consulta a un abogado por si tuvieses dudas, mediante un servicio de pago, pero qeu puede solucionarte algo.
Hola Bely, mi amiga catalana !!!! De Cataluña como el gran Joan Manuel Serrat, y como el chileno Bigote Arrocet, y tantos descendientes de catalanes que hay en Chile !!! Mi padre era de nacionalidad italiana, mi madre de familia inglesa, y yo tu amigo tengo mucho de ambas nacionalidades, por eso tengo temperamento apasionado y a l. a. vez una mente flemática muy analítica, y también el "british humour sense" . Saludos mi amiga, bacci ! kisses !! Mario Trivelli Jolly
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a una nacionalidad, y a no verse privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.
La nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo (ej: acceso a la funciones públicas).
La nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo.
Asimismo, la nacionalidad juega un importante papel en el sentido de ser la condición necesaria para acceder a la protección diplomática de los derechos de los nacionales de un país cuando se encuentran en el extranjero. Es decir, todo nacional de un Estado tiene derecho a que los órganos diplomáticos de su país le ofrezcan protección y asesoramiento durante sus estancias en el extranjero.
De la importancia de esta materia da idea el hecho de que la Constitución le dedica el artículo 11. El mismo señala, entre otras cosas que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
si nace en España sera español pero puedes hacer que tenga doble ciudadanía la española y la francesa porque nunca se sabe si el el día mañana quiera ir a Francia y así teniendo la doble ciudadanía se ahorrara de hacer tramites así que yo te recomendaría que le hagas la doble ciudadanía un beso y espero haberte ayudado
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La nacionalidad puede ser adquirida por dos modalidades Originaria y No Originaria (esta no nos ocupa). Ahora la nacioanlidad originaria (desde el nacimiento) se divide en 4 formas de adquisicion:
1.- Ius Soli.- por nacer dentro de un territorio determinado, en este caso tu hijo sera de nacionalidad española.
2.- Ius Sanguini.- esta deriva de la nacionalidad de los padres, es decir tu bebe, tendra ambas nacionalidades, pero tengo que aclararte que solo puede disfrutar de una a la vez, si esta en Francia sera frances, si esta en España sera español, pero si esta en el extranjero por el momento ustedes decidiran con cual nacionalidad sera atribuida su personalidad Frances o Español.
3.- Ius Domicili.- Esta se adquiere por el domicilio establecido de la persona, es decir, si ustedes en un tiempo deciden cambiar de residencia a Italia, y ahi viven por 6 años (el dato de los 6 años no es correcto, solo es un ejemplo) y la legislacion italiana establece que cuando una persona tenga una residencia continua por ese lapso de años podra tener derecho a adquirir dicha nacionalidad. En este caso tu bebe ya tendria 3 nacionalidades, pero volviendote a recordar que solo puede disfrutar de una a la vez.
4.- Por ultimo tenemos el Ius Optandi.- esta se refiere a cuando tu bebe ya tenga la mayoria de edad y el podra elegir con plena libertad la nacionalidad que mas le agrade.
Espero y esto haya calmado tu duda. Saludos!!
español nena si lo tienes aqui
Será español, por nacer en España, pero tendrá la posibilidad de obtener la doble nacionalidad, por ser hijo de madre francesa. Míralo, puede ser interesante. En la página web esta, puedes ver ejemplos y se te permite una consulta a un abogado por si tuvieses dudas, mediante un servicio de pago, pero qeu puede solucionarte algo.
hasta que se casen, podria obtener la doble nacionalidad
Hola Bely, mi amiga catalana !!!! De Cataluña como el gran Joan Manuel Serrat, y como el chileno Bigote Arrocet, y tantos descendientes de catalanes que hay en Chile !!! Mi padre era de nacionalidad italiana, mi madre de familia inglesa, y yo tu amigo tengo mucho de ambas nacionalidades, por eso tengo temperamento apasionado y a l. a. vez una mente flemática muy analítica, y también el "british humour sense" . Saludos mi amiga, bacci ! kisses !! Mario Trivelli Jolly
¿Qué es la nacionalidad?
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a una nacionalidad, y a no verse privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.
La nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo (ej: acceso a la funciones públicas).
La nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo.
Asimismo, la nacionalidad juega un importante papel en el sentido de ser la condición necesaria para acceder a la protección diplomática de los derechos de los nacionales de un país cuando se encuentran en el extranjero. Es decir, todo nacional de un Estado tiene derecho a que los órganos diplomáticos de su país le ofrezcan protección y asesoramiento durante sus estancias en el extranjero.
De la importancia de esta materia da idea el hecho de que la Constitución le dedica el artículo 11. El mismo señala, entre otras cosas que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
si nace en España sera español pero puedes hacer que tenga doble ciudadanía la española y la francesa porque nunca se sabe si el el día mañana quiera ir a Francia y así teniendo la doble ciudadanía se ahorrara de hacer tramites así que yo te recomendaría que le hagas la doble ciudadanía un beso y espero haberte ayudado
será español. Adquiere la nacionalidad por nacimiento cuando el padre o la madre son españoles, siempre y cuando el padre lo reconozca
Pues español no?
ESPAÑOL , EL HECHO DE QUE EL PADRE SE A ESPAÑOL LE OTORGA LA NACIONALIDAD LUEGO LO PUEDES PRESENTAR EL UN CONSULADO Y SOLICITAR TAMBIÉN LA TUYA
español, o francés?
se supone que español porque es nacido en españa no?