Hola, dentro de unos dias me cambiaré de casa, y quisiera saber si cuando vaya al notario por el contrato de arrendamiento, ese gasto debo cancelarlo yo o el arrendador, que en este caso es una corredora de propiedades.
Gracias.
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El dueño de la casa o propiedad debe tener preparado un documento el cual
tiene que ser firmado por el futuro habitante de la casa o propiedad.
Es responsabilidad del dueño del inmueble llevarte donde su abogado y
tu firmas legalizando tu firma, tu no debes de pagar nada, es el dueño el
que se esta cubriendo en caso haya trampa de parte del arrendatario.
En España los contratos de arrendamiento no hace falta llevarlos a un notario.
HOLA
Entiendo que no sos de Argentina, Aca los gastos de inmobiliario y notario los abona el inquilino (arrendador) el propietario recibo lo pactado, mes de adelanto deposito libre de todo gasto
saludos
El arredantario, o sea tu..
pues mira mi reina yo tengo un bungaloo y cuando vamos ante un notario es por que el arrendatario va a durar un mínimo de seis meses yo asumo el gasto por que es una seguridad propia, eso se ase por lo regular en méxico lo mismo al comprar o vender solo que en venta lo paga el comprador.