May 2021 9 116 Report
Alberto Fernandez...siendo profesor de Derecho desconoce las limitaciones legislativas del Ejecutivo?

Art. 99 inc 3 de la Constitución le está prohibido al Ejecutivo legislar en materia tributaria, es atribución del Congreso, art. 75 inc. 3........¿o no estudió la reforma de 1994?

Update:

La ley aduanrera fue promulgada en 1988, es decir antes de la Convención Constituyente de 1994, que prohibe expresamente al P. Ejecutivo legislar en materia impositiva, y señala dicha atribución al Congreso en el art. 75 inc. 1.

Update 3:

Recordar que la Constitución Nacional es la ley máxima de la nación, es decir tiene prelación sobre todas las leyes. La reforma 1994, prohibe expresamente al Ejecutivo legislar en materia fiscal, facultando al Congreso legislar en materia aduanera y fiscal en el art. 75 incs. 1 y 2. Por lo tanto queda nula dicha habilitación para el ejecutivo en la ley Aduanas de 1988 .

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