porque la tiempo de ´prueba es para las dos partes, porque también tu tienes que ver que ese tiempo de prueba , también te guste a ti, y lo puedes dar por terminado cuando tu gustes,.
de preferencia avisando como minino una semana antes,eso hablaría bien de ti.
y puede ser verbal o escrita la renuncia.. sin ningún problema para ti.
Si eres patron y quieres recindir un contrato de tres meses despues de un 1mes de prueba , primero no existen dentro de la ley contratos a prueba salvo a lo establecido en el art. 343 y 159 de LFT, si lo liquidas tendras que indeminizarlo de acuerdo al art 50 de la Ley Federal de Trabajo.
Tienes que leer el contrato,debe haber una clausula que lo permita,si eres el contatado tendras una copia de lo que firmaste(no se firma nada sin leer detalladamente lo que dice,un coma,una palabra,lo cambia todo),si eres el contratador,debes saber en que condiciones hiciste el contrato y atenerte a el,si no especificaste el despido sin causa,puedes enfrentarte a una demanda.Saludos.
Si en el contrato se estipula que durante los meses de prueba cualquiera de los dos puede dar por terminada la relacion laboral sino puedes conversar con la otra parte y llegar a un acuerdo.
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CLARO
porque la tiempo de ´prueba es para las dos partes, porque también tu tienes que ver que ese tiempo de prueba , también te guste a ti, y lo puedes dar por terminado cuando tu gustes,.
de preferencia avisando como minino una semana antes,eso hablaría bien de ti.
y puede ser verbal o escrita la renuncia.. sin ningún problema para ti.
saludos
Si eres de México, la Ley Federal del trabajo en su art. 52 te dice que podras separarte de tu trabajo si existen causales, de hecho los trabajadores estan protegidos y pueden teminar el contrato cuando quieran y se les finiquita con las partes proporcionales de lo trabajado.
Si eres patron y quieres recindir un contrato de tres meses despues de un 1mes de prueba , primero no existen dentro de la ley contratos a prueba salvo a lo establecido en el art. 343 y 159 de LFT, si lo liquidas tendras que indeminizarlo de acuerdo al art 50 de la Ley Federal de Trabajo.
Saludos.
si
Tienes que leer el contrato,debe haber una clausula que lo permita,si eres el contatado tendras una copia de lo que firmaste(no se firma nada sin leer detalladamente lo que dice,un coma,una palabra,lo cambia todo),si eres el contratador,debes saber en que condiciones hiciste el contrato y atenerte a el,si no especificaste el despido sin causa,puedes enfrentarte a una demanda.Saludos.
Si en el contrato se estipula que durante los meses de prueba cualquiera de los dos puede dar por terminada la relacion laboral sino puedes conversar con la otra parte y llegar a un acuerdo.
eres el contratado??