El contrato era de cinco meses y posteriormente me lo ampliaron tres más.
Al ser de duración determinada me tienen que avisar con quince días de antelación antes de echarme???
O sino me avisan debo entender que es renovado automáticamente.
Es en ESPAÑA.
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Un modelo 501 es un contrato de duración determinada a tiempo parcial (trabajas menos de 8 horas diarias, al menos teóricamente) que es llamado popularmente como de obra o servicio. Este contrato no es fijo porque la duración será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio que se contrata. Si el contrato fijara una duración o un término, como parece que es el caso, éstos, deberán considerarse de carácter orientativo en función de lo establecido anteriormente, no de carácter obligatorio; es decir, la relación no se acaba cuando pasen los 8 meses que comentas, se acaba cuando se acaba la obra para la que fuiste contratado y viene ligado a la presentación por parte del empresario de una carta de finalización de obra. En cuanto a lo del preaviso, salvo que el convenio sectorial diga algo sobre el tema, sólo cuando la duración del contrato sea superior a un año, el empresario está obligado a notificarlo con una antelación mínima de 15 días. Si no hubiera denuncia expresa y continuaras prestando tus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.
En estos casos, no digo que sea el tuyo, de obra y servicio a tiempo parcial con una duración cierta de meses, algo "huele". Comprueba en tu contrato cúal es la obra o servicio por la que fuiste contratado (mira la claúsula SEXTA...) y si no aparece nada puede tratarse de un contrato en fraude de ley y tener la condición de indefinido (repito...que puede que no sea el caso, consulta a un abogado o sindicato). Un saludo y suerte.
Buenos días, quisiera saber si es posible que teniendo un contrato por obra y servicio a jornada parcial, se pueda ampliar la jornada a jornada completa, durante mas o menos un mes. Muchas gracias
La empresa te puede echar a la calle una vez ha finalizado el contrato sin previo aviso, ya que es inferior a 360 días